Por Olivia Rubio*
El pasado 17 de mayo, en el marco de la conmemoración del Día Nacional de la Lucha contra la Homofobia, Lesbofobia, Transfobia y Bifobia, la Secretaria de Gobernación, la doctora Olga Sánchez Cordero, hizo mención de las tres políticas que constituyen el eje principal del ejecutivo federal en materia de derechos humanos de la población LGBTTTI.
La primera de ellas se refiere al reconocimiento de la identidad de género de niñas, niños y adolescentes. Al referirse a las infancias y adolescencias trans, dijo: “es importante que pueda ser reconocida en la sociedad y por el Estado con el nombre y el género que esta persona indique, sin tener que esperar a que cumpla los 18 años. Esto debe ser posible, además, por la vía administrativa, sin necesidad de que haya dictámenes médicos o psicológicos y mucho menos juicios de por medio”.
Es cierto que hay una deuda del estado mexicano con las infancias trans, sin embargo, esta deuda no se acota al reconocimiento de la identidad de las personas menores de 18 años, sino a toda población con identidad de género no normativa, como lo expone la OEA, en el documento de reciente publicación denominado Alternativas para el Reconocimiento Legal de la Identidad de Género. En éste se menciona que, hasta la fecha, sólo 9 de las 32 entidades federativas mexicanas contemplan dentro de sus marcos normativos el reconocimiento de la identidad de género por medio de procedimientos formal y materialmente administrativos, a saber, la Ciudad de México, Coahuila, Colima, Hidalgo, Michoacán, Nayarit, Oaxaca, San Luis Potosí y Tlaxcala. El caso de San Luis Potosí resulta paradigmático, al ser el único estado que incorporó esta posibilidad en su normativa estatal por medio de una reforma a su Reglamento de la Ley del Registro Civil del Estado de San Luis Potosí. A su vez, los estados de Chihuahua y Nuevo León, así como el municipio de Puerto Vallarta, en Jalisco, aún en la ausencia de legislación, permiten el reconocimiento de la identidad de género mediante procedimientos materialmente administrativos.
El documento establece una serie amplia de recomendaciones, basadas en la Opinión Consultiva 24/17 de la Corte Interamericana de Derechos Humanos que, si bien son dirigidas específicamente para el estado de Jalisco, bien pueden ser retomadas por todas las entidades federativas para garantizar el reconocimiento legal de la identidad de género auto-percibida de todas las personas en el país.
![]() | Olivia Rubio es abogada, criminóloga, experta en Derechos Humanos, Derecho Penal, Sistema Penal Acusatorio, Justicia Transicional, Derecho Parlamentario, temas de género, igualdad y no discriminación. Amplio conocimiento en los sistemas Regional y Universal de los Derechos Humanos. Experiencia en el ámbito legislativo donde ha generado diversos marcos normativos en clave de derechos humanos y en la administración pública federal. |


