Por Roberto Zedillo Ortega (@soykul)
Hace unos días, la Suprema Corte de Justicia de la Nación dio un gran paso hacia el reconocimiento de las infancias trans. En particular, a partir de una acción de inconstitucionalidad promovida el año pasado por la CNDH, la Corte declaró que es discriminatorio exigir (como hacía el Código Civil de Puebla) que una persona sea mayor de edad para que pueda solicitar una nueva acta de nacimiento donde se reconozca su identidad de género.
Destacaron especialmente las palabras del ministro Zaldívar. En su intervención, el presidente del Tribunal subrayó que “las infancias y adolescencias trans saben quiénes son y comprenden su lugar en el mundo”, que “no son homogéneas: son diversas y construyen su identidad independientemente de cualquier tratamiento médico o norma legal”, y que “la identidad de género de los niños, niñas y niñes trans es tan valiosa como cualquier otra, por lo que merece la misma protección constitucional”.
Con lo anterior, la Corte reafirmó criterios invocados antes por otras instituciones públicas. En 2019, por ejemplo, se buscó impulsar un conjunto de reformas legislativas en esta materia (para adolescentes) en la Ciudad de México. Éstas enfrentaron resistencias por casi dos años, y fueron aprobadas hasta agosto del año pasado.
En su momento, el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (Conapred) subrayó públicamente la oportunidad histórica que las reformas legislativas en ese sentido representaban. De manera explícita, apuntó que “negar a las personas menores de 18 años la posibilidad de modificar los datos de identificación consignados en los registros y documentos de identidad (…) puede constituir una violación a su derecho fundamental al reconocimiento a la identidad de género, así como a su derecho a la igualdad y no discriminación por motivos de edad”.
A nivel local, el Copred se pronunció en un sentido similar. Incluso en 2021, a pocas semanas de que se retomaran las discusiones sobre las reformas pendientes, hizo un llamado a que éstas se aprobaran, y enfatizó que el tema estaba directamente vinculado al ejercicio de derechos y a “la garantía de una vida libre de violencias y discriminación; derechos tan elementales como ser nombrados con los nombres y pronombres con los que se identifican, viajar, ir a la escuela, acudir al médico o tomar una clase deportiva”.
Más allá de resistencias y afirmaciones desproporcionadas, la evidencia disponible es sumamente clara. Por ejemplo, entre todas las personas que respondieron la Encuesta sobre Discriminación por motivos de Orientación Sexual e Identidad de Género 2018 del Conapred, más de siete de cada diez (72%) declararon haberse dado cuenta de su identidad de género antes de cumplir 18 años —la mitad (49%) incluso antes de la adolescencia. De hecho, en un estudio de 2016 entre personas trans de la Ciudad de México, la edad promedio en la que quienes participaron cobraron conciencia de su identidad de género fue de 5.6 años.
Así pues, el reconocimiento del Estado no puede postergarse más en ninguna entidad federativa. Toda persona trans, sin importar su edad, debe poder conseguir una nueva acta de nacimiento que reconozca su identidad a través de un trámite administrativo, expedito y libre de requisitos injustificados, incluidos los de naturaleza médica.
Sobre el autor:
Roberto Zedillo Ortega (@soykul) es especialista en diversidad, igualdad y no discriminación. Ha asesorado diversos esfuerzos para la inclusión en instituciones públicas, y tiene experiencia en consultoría privada, investigación y docencia. Cuenta con una licenciatura en ciencia política y relaciones internacionales por el CIDE, así como con una maestría en sociología por la Universidad de Cambridge. Ha publicado varios libros, artículos y textos de difusión acerca de la discriminación. Su obra más reciente es el informe Cohesión social: hacia una política pública de integración de personas en situación de movilidad en México (CIDE, 2020), que coordinó con Alexandra Haas Paciuc y Elena Sánchez-Montijano.