Prohibir a la SCJN resolver acciones de inconstitucionalidad, traición al activismo LGBTTTI

Por Antonio Medina
@antoniomedina41

La propuesta legislativa de prohibir a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) interpretar e invalidar artículos de la Constitución, es a todas luces un nuevo ataque que la bancada de Morena lanza en contra del Poder Judicial con la intención de debilitarlo, fortalecer el presidencialismo y, sobre todo, eliminar herramientas jurídicas en la defensa de los derechos humanos.

Incongruente, como el movimiento político al que pertenece, la diputada federal Reyna Celeste Ascencio fue quien presentó este proyecto legislativo que busca modificar el artículo 1 de la Ley Reglamentaria de las Fracciones I y II del artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos referente a las controversias constitucionales y las acciones de inconstitucionalidad.

El golpe al sistema constitucional llama la atención no sólo por su desproporción, sino porque proviene de una legisladora que demagógicamente se ha expuesto como mujer, indígena y lesbiana, poblaciones que históricamente han sido excluidas en el ejercicio de derechos, y que al menos, en el último cuarto de siglo han utilizado las herramientas jurídicas para lograr el ejercicio de sus derechos.

Importantes logros como las acciones afirmativas que garantizan la plena participación política de estos grupos poblacionales en los procesos electorales, el derecho a decidir sobre los propios cuerpos, y la consolidación del matrimonio igualitario y la interrupción legal del embarazo (ILE) en varias entidades de la República, han sido consecuencia de la acertada utilización que la sociedad civil ha hecho de las controversias constitucionales y de las acciones de inconstitucionalidad.

La intención de Ascencio Ortega de restringir la posibilidad de que la SCJN invalide normas constitucionales, es un desatino más en el quehacer legislativo de la morenista, quien se ha caracterizado por lanzar propuestas zalameras, que más allá de adular al presidente Andrés Manuel López Obrador, traicionan al feminismo, a los pueblos indígenas y a los colectivos de la diversidad sexual.

El servilismo de la morenista le impide observar que gracias a estas herramientas jurídicas la Corte, entre 2016 y 2017, declaró inconstitucionales y discriminatorias las leyes de Chiapas, Chihuahua, Jalisco, Puebla y Nuevo León, que prohibían el matrimonio igualitario a las parejas conformadas por personas del mismo sexo, gracias a lo cual, actualmente dicha figura jurídica es una realidad en esas entidades.

En el caso del feminismo que pugna por garantizar el derecho de las mujeres a decidir sobre sus cuerpos, y a unas horas de haberse conmemorado el Día de Acción Global por la Despenalización y Legalización del Aborto, es necesario recordar a Celeste Ascencio que el 7 de septiembre de 2021, la SCJN invalidó el artículo 196 del Código Penal de Coahuila, lo que sentó un precedente para impedir el encarcelamiento de las mujeres que decidan abortar, y además llevar la ILE a todo el territorio nacional, pues actualmente sólo es posible en Ciudad de México, Oaxaca, Hidalgo, Veracruz, Baja California, Colima, Sinaloa, Guerrero y Baja California Sur, además de Coahuila.

El Poder Judicial ha sido determinante para ampliar la participación política de la diversidad sexual, el suceso más relevante ocurrido hasta el momento fue el 29 de diciembre de 2020 cuando el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) resolvió el expediente SUP-RAP-121/2020 en el que le ordenó al Instituto Nacional Electoral (INE) modificar los criterios aplicables para el registro de candidaturas a diputaciones de mayoría relativa y representación proporcional para las elecciones 2021 contenidos en el Acuerdo INE/CG572/2020.

Así, el 15 de enero de 2021, el INE mediante el acuerdo INE/CG18/2021, aprobó las acciones afirmativas manifestadas a través de cuotas para personas de la diversidad sexual, indígenas, con discapacidad y afromexicanas.

La embestida de esta legisladora en contra de la defensa de los derechos humanos no es nueva. En febrero pasado propuso que las organizaciones civiles dejaran de recibir donaciones de gobiernos o corporaciones extranjeras por supuestamente promover el golpismo contra la autodenominada Cuarta Transformación, sumándose así a la asfixia presupuestal promovida por López Obrador desde el inicio de su mandato en contra del activismo.

Proponer límites a la SCJN en la defensa de los derechos humanos, significa sabotear el andamiaje jurídico en buena parte impulsado por el activismo de la sociedad civil para avanzar en el reconocimiento de sus derechos, pero sobre todo implica traicionar las causas que con demagogia son utilizadas para lucrar políticamente y rogar la atención presidencial.

Post Author: anodis