Con 17 votos a favor y cero en contra, el Congreso de Quintana Roo, aprobó reformas al Código Penal de esa entidad para prohibir y sancionar los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG) dirigidos a las personas LGBTI+, mejor conocidos como terapias de conversión.
Poco antes de la medianoche de este miércoles, la Décimo Séptima Legislatura aprobó el dictamen que proponía adicionar un Capítulo VII denominado “Delitos contra la orientación sexual, identidad o expresión de género de las personas”, al Título Cuarto llamado “Delitos contra el libre desarrollo de la personalidad”, inscrito en el artículo 195 Octies, del Código Penal de Quintana Roo.
La iniciativa aprobada tiene como objetivo tipificar y sancionar las conductas discriminatorias que atenten contra la dignidad e integridad humanas al menoscabar los derechos al libre desarrollo de la personalidad, orientación sexual, o identidad de género de las personas a través de las terapias de conversión.
“Consistentes (las terapias) en sesiones psicológicas, psiquiátricas, religiosas, pláticas académicas y otros métodos denominados Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género con la intención de cambiar la orientación sexual, la identidad o expresión de género de las personas LGBTTTQIA+ al considerarlas como anormales, enfermas o inmorales”, señaló el dictamen.
Las sanciones van de los dos a los seis años de prisión para quienes promuevan, ofrezcan, impartan, apliquen, obliguen, induzcan o financien estas terapias. Las penas se duplicarán cuando los ECOSIG se dirijan contra personas menores de edad, adultas mayores, o con alguna discapacidad. Para madres, padres y tutores de las víctimas también hay sanciones específicas en caso de que participen en estas prácticas.
Fue en noviembre de 2022 cuando organizaciones civiles como Círculo Social Igualitario, Asociación Nacional Existencia Digna, Información y Educación Sexual del Caribe, ICW México, entre otras, impulsaron esta iniciativa en el Congreso local.
Por su parte, en Morelos, con 15 votos a favor y cero en contra, el Congreso local aprobó el dictamen emanado de las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y Legislación; y de Atención a la Diversidad Sexual, que adicionó el Titulo Décimo Primero, el capítulo V denominado “Terapias de Conversión por Orientación Sexual e Identidad de Género”, así como el artículo 212 septies, al Código Penal para el Estado de Morelos.
De esta manera, Quintana Roo y Morelos, se convirtieron en las entidades 17 y 18 que en sus legislaciones ya tipifican dichas prácticas. Previamente, la Ciudad de México, Estado de México, Oaxaca, Tlaxcala, Colima, Zacatecas, Yucatán, Baja California Sur, Jalisco, Puebla, Hidalgo, Baja California, Sonora, Nuevo León, Querétaro, y Sinaloa, han votado en contra de los ECOSIG.
En el ámbito federal, el Senado de la República dio el primer paso para sancionar y prohibir las llamadas terapias de conversión en todo el territorio nacional al reformar en octubre de 2022, el Código Penal Federal y adicionar la Ley General de Salud, el dictamen pasó a la Cámara de Diputados, cuyas comisiones de Salud, Justicia y Diversidad lo avalaron el pasado 19 de abril y se espera sea votado ya en el pleno.
Por último, el director nacional de Diversidad Sexual del PRD, Antonio Medina, saludó la votación en ambos congresos pues “castigar las terapias de conversión contribuye a proteger los derechos de las personas LGBTI+”, que de acuerdo con estadísticas oficiales, en México al menos suman cinco millones que se identifican de esta manera. *Ilustración: Letra S