El Gobierno de Jalisco ha detectado la realización de al menos cinco Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual y la Identidad de Género (Ecosig), también conocidos como “terapias de conversión”, en el estado durante la actual administración; sin embargo, estas prácticas están prohibidas por el Código Penal estatal.
De acuerdo con los registros que elabora en esta materia la administración de Enrique Alfaro Ramírez, a través de la Dirección de Diversidad Sexual, tres de estas cinco Ecosig se efectuaron de forma posterior a la determinación del Congreso local para impedirlas.
El 7 de abril de 2022, cuando el Congreso del estado aprobó el matrimonio igualitario en la entidad, también se autorizó modificar el Código Penal de Jalisco para adicionar el Artículo 202 Ter.
“Se impondrá una multa por el equivalente de cincuenta a trescientas veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización o de treinta a cien jornadas de trabajo a favor de la comunidad, a la persona que obligue a otra, que tenga definida su identidad o expresión de género y orientación sexual, a someterse a tratamientos que pretendan modificar o imponer la expresión o identidad de género, o la orientación sexual de la persona a través de las llamadas terapias de conversión o Ecosig.
“La sanción aumentará hasta una cuarta parte de la ya señalada en el párrafo anterior, en los casos en que esta conducta se realice en contra de personas que no cuenten con la capacidad de comprender el hecho”, establece la ley.
De los cinco casos de los que las autoridades de Jalisco tuvieron conocimiento, un procedimiento duró dos meses, mientras que los otros se llevaron a cabo en un par de días
Casos expuestos
El primer caso detectado por el Gobierno jalisciense surgió de una queja interpuesta el 15 de mayo del 2020 que alertó sobre una “supuesta terapia de superación personal para corregir orientación sexual”, realizada en el municipio de Teuchitlán por una instancia privada.
Las acciones que implementaron las autoridades estatales fueron hacer el reporte en la Comisión de Búsqueda del Estado de Jalisco y dar acompañamiento jurídico por parte de la Dirección de Diversidad Sexual.
El segundo caso se detectó con una queja presentada el 8 de abril del 2021, sobre otra “supuesta terapia de superación personal para corregir orientación sexual”, nuevamente en el municipio de Teuchitlán, llevada del día en que se interpuso la denuncia al 14 de abril del 2021, por parte de un ente privado.
Las acciones que desplegó el Gobierno estatal, como respuesta, fueron las mismas que en el suceso anterior: hacer reporte ante la Comisión de Búsqueda y dar acompañamiento.
Terapias de conversión están prohibidas
Los tres casos restantes de terapias de conversión detectadas por la Dirección de Diversidad Sexual de Jalisco tienen la particularidad de que fueron realizadas luego de que fueran prohibidas por el Poder Legislativo.
En este sentido, el tercer caso se notificó al Gobierno estatal del mismo modo que las prácticas anteriores: mediante una queja registrada el 4 de marzo de 2022 por “supuesta terapia de superación personal para corregir orientación sexual”, realizada en Zapopan del 4 de marzo del 2022 al 28 de abril del 2022, por una instancia privada.
“Se hizo el reporte en la Comisión de Búsqueda del Estado, se notificó a Fiscalía para que tomara las acciones conducentes; se dio acompañamiento jurídico por parte de la Dirección de Diversidad Sexual, se le dio acompañamiento por parte de la Secretaría de Igualdad Sustantiva entre Mujeres y Hombres”, informaron las autoridades sobre su respuesta.
El cuarto caso se detectó con una queja promovida el 10 de abril pasado, y se realizó en el municipio de Tepatitlán, del 10 al 11 de abril del 2022, también por un organismo privado. También se hizo un reporte en la Comisión y acompañamiento por parte de la Secretaría de Igualdad Sustantiva.
Un día después, el 11 de abril, se levantó otra queja por el mismo motivo, que se efectuó en Puerto Vallarta del 11 al 13 de abril de 2022, y las acciones que implementó la Dirección de Diversidad Sexual fueron las mismas que con los cuatro casos anteriores, sin que hubiera alguna acción penal en contra de algún presunto responsable.
Aligeran castigo
La prohibición de las terapias de conversión causó polémica en su momento, pues el Congreso determinó un castigo de menor severidad para quien las lleve a cabo, a pesar de que la iniciativa original de Salvador Caro Cabrera, elaborada en octubre de 2019, proponía una sanción mayor.
“Artículo 202 TER. Se impondrá de uno a tres años de prisión y la inhabilitación de su ejercicio profesional por el mismo tiempo a la persona física o moral que imparta, promueva, emplee, aplique, obligue o financie cualquier tipo de método, tratamiento, terapia, práctica no quirúrgica o servicio, con o sin fines de lucro con el objeto de modificar, reorientar, menoscabar, restringir o anular la orientación sexual o identidad sexual de una persona”, señalaba el documento.
Y aumentaba hasta una cuarta parte de dicha sanción cuando las víctimas fueran “personas menores de 18 años o personas que no cuenten con la capacidad de comprender el hecho”.