El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) garantizó el derecho de la sociedad y de la comunidad LGBTIQ+ a conocer el nombre de las personas candidatas que ganaron puestos de elección popular para representarlos.
“La Comunidad LGBTIQ+ históricamente ha peleado sus derechos, ha buscado tener espacios que les representen, que compartan su filosofía, sus necesidades y preocupaciones; quieren además saber qué políticas públicas van a pelear por ellos”, destacó la comisionada Josefina Román Vergara.
La comisionada del INAI expuso un recurso de revisión derivado de una solicitud de acceso a la información, mediante la cual una persona requirió al Instituto Nacional Electoral (INE) datos sobre los partidos políticos que cumplieron con las cuotas para las personas de la comunidad LGBTIQ+, para el proceso electoral 2020-2021, entre los que destacan el nombre de las personas candidatas, el partido al que pertenecían, así como el principio por el cual contendieron.
“En el pleno del INAI nos atrevimos a una resolución osada, no hay antecedente en este sentido; lo que quisimos fue hablar por un lado de este derecho de acceso a la información, pero también de protección de datos personales, cuando hay que ponderar y equilibrarlos se hace un análisis para determinar qué es lo que procede”, señaló.
Román Vergara explicó que para solventar deficiencias de políticas públicas, normatividades o de la actuación de autoridades, para nivelar el ejercicio y disfrute de los derechos humanos entre los diferentes grupos sociales se establecieron acciones afirmativas que, en el caso de la comunidad LGBTIQ+, se conoce como ‘cuota arcoíris’.
“Esta parte de la Cuota Arcoíris tiene relación estrecha con la Comunidad LGBTIQ+, que no solo en México, en el mundo, históricamente ha estado en situación de vulnerabilidad. Simplemente hay que decir, México es el segundo país, de acuerdo con una estadística de la UNAM con mayores crímenes por homofobia”, indicó.
Al retomar el recurso de revisión, el INE sólo entregó los datos de las personas candidatas que, cuando se registraron por la acción afirmativa de la comunidad LGBTIQ+, aceptaron hacer pública su información, y clasificó como confidencial la de los otros candidatos, por ello, el solicitante acudió al INAI.
La comisionada expuso que el INAI determinó abrir la información y el principal argumento fue el interés público de toda la ciudadanía conocer quiénes son las personas que se registran para contender por un cargo público vía acción afirmativa.
Conocer “quienes ganan, porque entonces ya son representantes de este grupo en situación de vulnerabilidad, permite evaluar, exigir resultados, ver si están cumpliendo promesas y compromisos”, finalizó.