22 DE AGOSTO DE 2012
En revisión el amparo sobre matrimonio gay en Oaxaca
El matrimonio igualitario en Oaxaca sentaría un precedente y llevaría a otras hipótesis, como el hecho de que después dos mujeres quisieran darle su apellido a sus hijos, situación que no está establecida en la legislación local.

Redacción Anodis

Ragap



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Lizeth y Montserrat ganaron amparo contra el Registro Civil

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A un año de que Lizeth y Montserrat presentaran una solicitud de matrimonio y que ganaran un amparo contra la negativa del Registro Civil a casarlas por no ser un hombre y una mujer, la directora de la institución, Haydeé Reyes Soto, señaló que un tribunal colegiado del Poder Judicial de la Federación definirá lo procedente en un recurso de revisión. “La decisión del Registro Civil no es una postura ideológica, se trata de un tema jurídico. Es cierto que un juzgado de distrito les concedió el amparo, pero no se puede violar la ley al no haber un procedimiento para llevar a cabo la unión”, declaró.

Asimismo señaló que es el departamento jurídico de la institución el que lleva el caso y que ni siquiera se ha interesado en preguntar cuál es la situación actual para que no se piense que busca influir en la decisión de los juzgadores.

Y es que el juzgado segundo de distrito, al conocer el caso, declaró inconstitucional el artículo 143 del Código Civil, el cual establece que “el matrimonio es un contrato civil celebrado entre un solo hombre y una sola mujer, que se unen para perpetuar la especie y proporcionarse ayuda mutua en la vida”.

Ante esta situación dijo que se estableció un criterio, pero nunca se le dijo al Registro Civil cómo actuar. “No nos dicen cómo, y yo no voy a ir a la cárcel por violar la ley”, manifestó.

Luego de señalar que en algunos casos, como en Quintana Roo, la legislación civil dice que el matrimonio es la unión entre 2 personas, destacó que en Oaxaca se establece que “el matrimonio es un contrato civil celebrado entre un solo hombre y una sola mujer, que se unen para perpetuar la especie y proporcionarse ayuda mutua en la vida”.

En su opinión, la resolución del juzgador es ambigua y por ello la institución interpuso un recurso de revisión que deberá ser resuelto por un tribunal colegiado.

Consideró además que legalizar el matrimonio entre dos personas del mismo sexo en Oaxaca sentaría un precedente y llevaría a otras hipótesis, como el hecho de que después dos mujeres quisieran darle su apellido a sus hijos, situación que no está establecida en la legislación local.

“Para no incidir en el asunto esperaré la resolución y que nos digan cómo hacer para no violar las mismas leyes locales”, concluyó.

Fuente: Tiempo en Línea.

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